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¿Qué es ASES?

Administración de Seguros de Salud (ASES)

La Administración de Seguros de Salud de Puerto Rico se creó por la Ley Núm. 72 de 7 de septiembre de 1993, según enmendada.  La ASES es una corporación pública con plena capacidad para desarrollar las funciones que la ley le encomienda.  

La Administración tiene la responsabilidad de implantar, administrar y negociar, mediante contratos con aseguradoras, y/u organizaciones de Servicios de Salud, un sistema de seguros de salud que eventualmente les brinde a todos los residentes de la Isla acceso a cuidados médico-hospitalarios de calidad, independientemente de la condición económica y capacidad de pago de quien los requiera.

Además, fiscaliza y evalúa los servicios que ofrecen las compañías aseguradoras contratadas.

Visión

Administración y fiscalización pertinente y oportuna para que los servicios sean de calidad y accesibles bajo un concepto de "value based" centrado en el beneficiario y con un mayor apoyo al proveedor.  

Misión

Dirigir eficientemente la negociación, implementación y fiscalización de los modelos de servicios de salud aplicables al mejoramiento de la salud del país, fomentando la educación hacia la prevención y sustentando el cuidado coordinado que traigan una cultura de mejoramiento continuo, ágil, sensible, diligente y competitiva. Establecer los más rigurosos estándares de salubridad para el control de enfermedades haciendo de la práctica de la medicina una accesible y efectiva, vigilando la existencia inclusiva y amplia de proveedores de servicios y socios de negocio que garanticen el modelo de servicios transparente y de excelencia.

Valores

En la ASES estamos comprometidos con brindar servicios a todos nuestros clientes, fundamentados en los siguientes
valores:

Calidad
Compromiso
Empatía
Equidad
Excelencia
Inclusivo
Integridad
Transparencia

Estos valores caracterizan el desempeño de cada empleado de ASES al brindar sus servicios al pueblo puertorriqueño, demostrando como servidores públicos su compromiso con el bienestar de su país.

Ley 72-1993

Ley Núm. 72 de 7 de septiembre de 1993, según enmendada, se le conoce como la "Ley de la Administración de Seguros de Salud de Puerto Rico”. Para acceder esta Ley, puede oprimir el siguiente botón.

Ley 72 -1993

Organigrama de ASES

Notas:
1. Incluye Negociación, Comunicaciones y la función de Planificación Estratégica.
2. Como parte de sus funciones, se encarga de brindar asesoramiento tanto al Director Ejecutivo como a todos los componentes de la agencia, representar legalmente a la ASES, preparar contratos y trabajar todo lo relacionado con al legislación, referente a los temas bajo su jurisdicción.
3. Tiene la función de fiscalizar y determinar si las entidades de salud contratadas cumplen con los requerimientos contractuales y reglamentarios y brinda el seguimiento a los planes correctivos. Incluye la División de Adjudicación de Propuestas.
4. Considera las funciones de ingresos, presupuesto, reconciliación bancaria, flujo de efectivo y cuentas a pagar.
5. Integra las divisiones de: Operaciones y Comunicaciones, Programación y Desarrollo y Evaluación y Control de Datos.
6. Cuenta con las divisiones de: Asuntos Clínicos, Farmacia, Calidad y Estadística.
7. Entre sus funciones se considera el procesar las quejas y querellas, así como realizar las gestiones administrativas necesarias para resolverlas.

Versión PDF - Diagrama Organizacional Administración de Seguros de Salud de Puerto Rico (ASES)

Programa de Integridad / Fraud, Waste and Abuse (FWA)

Programa de Integridad de la Administración de Seguros de Salud (ASES)

La misión de la Administración de Seguros de Salud es velar y asegurar el uso prudente de los fondos públicos, tanto estatales como federales. Esto se realiza en coordinación con las agencias del gobierno federales, estatales y asociados de negocios para detectar y prevenir el fraude, abuso y desperdicio de los programas de salud en Puerto Rico.

¿Qué es el fraude, el abuso y el desperdicio en los servicios de salud?


Fraude:

Se refiere a cualquier acto intencional y deliberado que se realiza con el propósito de engañar o hacer falsas declaraciones para obtener un beneficio personal, o beneficiar a otra persona.


Ejemplos de Fraude:

-Proveedor que factura por servicios no prestados.
-Beneficiario que ofrece información falsa para cualificar al Programa Medicaid.
-Farmacia factura una receta completa cuando no se ha despachado la totalidad de la misma.

Abuso:

Es el uso excesivo o impropio de un producto, servicio, o beneficio el cual resulta en gastos excesivos o innecesarios para el sistema del cuidado de salud.

Ejemplos de Abuso:

-Sobreutilización de servicios o prestación de servicios no medicamente necesarios.
-Exceso en la orden de pruebas diagnósticas que no tienen justificación médica.
-Visitas a diferentes proveedores para obtener recetas de un mismo medicamento.

Desperdicio:

Son prácticas que directa o indirectamente, resultan en costos innecesarios para el programa de salud o malgasto de los recursos.  

Ejemplos de Desperdicio:

-Diferentes proveedores ordenando las mismas pruebas o estudios.    
-Manejo de cuidado médico deficiente.

¿Cómo podemos prevenir el fraude, abuso y desperdicio?

-Lea su reporte trimestral de utilización, si usted encuentra un servicio facturado a su cubierta, que usted no recibió, repórtelo.
-Conozca los beneficios y copagos de su cubierta, si le cobran un copago mayor al que le corresponde o le cobran por un servicio cubierto, repórtelo.
-Si usted conoce un beneficiario(a) del plan de Salud del Gobierno, que tiene otro plan médico privado y no lo ha informado, repórtelo

-Mantenga su tarjeta de identificación del plan médicoen un lugar seguro.

¿Cómo usted puede reportar posibles casos de fraude, abuso y desperdicio?

Si usted tiene información o sospecha de algún posible caso de fraude o abuso al Plan de Salud del Gobierno, Plan Vital, puede comunicarse de manera confidencial mediante:
Accede al Formulario: oprima este enlace para completar el formulario.
Llamada telefónica:
787-522-0900 (lunes a viernes 8:30 a.m. hasta las 4:30 p.m.)
Correo electrónico:
asesdenuncia@ases.pr.gov
Dirección postal:
ASES Oficina de Cumplimiento PO Box 195661 San Juan PR 00919-5661

Al llamar o escribirnos es importante que tenga a la mano la siguiente información:

-El nombre del proveedor y cualquier número de identificación que pueda tener del mismo.    
-El nombre del beneficiario y cualquier otra información que pueda identificarlo.    
-Breve descripción de los actos a reportar (lugar, fecha, etc.).    
-La razón y cualquier otra información por la que cree que no debería haberse pagado el servicio.

Junta de Directores

Junta de Directores de la Administración de Seguros de Salud de Puerto Rico (ASES)

Dr. Carlos Mellado  
Secretario
Departamento de Salud
Lcdo. Nelson Pérez Méndez
Secretario Interino
Departamento Hacienda
Lcdo. Juan C. Blanco
Director Ejecutivo de OGP
Lcdo. Omar Marrero
Director Ejecutivo AAFAF
Lic. Carmen Bonet Vázquez
Administradora ASSMCA
Lcdo. Alexander Adams  
Comisionado de Seguros
Lcdo. Domingo Nevárez Ramírez
Representante Beneficiarios Seguro Médico-Hospitalario
Dr. Jorge Hess Riutort  
Proveedor Competente dentro
del PSG
Dra. Sara López Martín
Proveedor participante competente
Vacante
Representante del Interés Público
Vacante
Profesional competente de la Industria de Seguros  

Convocatorias

Formularios:

De tener alguna duda o pregunta, favor enviar correo electrónico a convocatorias@ases.pr.gov
Para comunicarse con la Oficina de Recursos Humanos, favor llamar al 787-522-0908, 787-522-0921 & 787-522-0922

HIGLIGTH
Convocatoria ASES 2024-028 Adjudicador de Propuestas
Convocatorias Internas- Solo para la Rama Ejecutiva
10/15/2024
Por el momento no hay convocatorias disponibles
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Estadísticas

El componente de Estadísticas maneja la producción y análisis datos en respuesta a solicitudes específicas internas de ASES, de otras agencias de gobierno en el desempeño de sus funciones, de compañías u organizaciones particulares, y de instituciones educativas, entre otras.  Además, el Análisis y Evaluación Estadística de los datos bajo el Plan de Salud del Gobierno, está basado en el reglamento federal bajo el código 42 CFR Sub-parte 438 D. Dicha reglamentación federal establece que la ASES debe monitorear que las organizaciones de salud en efecto tengan mecanismos para detectar baja utilización y sobreutilización de los servicios de salud.